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Según ha considerado acreditado la sentencia, la empleada realizó un escrito el 29 de noviembre de 2017 dirigido a la “Dirección de la Empresa Gesthotel Activos Balagares” en el que trabaja como camarera del Hotel Zen Balagares y a la representación legal de los trabajadores

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha anulado una multa de 15.000 euros a un hotel por leer una carta privada de una trabajadora durante una asamblea que manifestó haber sufrido acoso laboral por parte de un compañero. La sanción fue interpuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) el 31 de agosto de 2021 por vulnerar el artículo 5.1.f del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La sentencia 1470/2020 de 9 de septiembre de 2022 ha sido dictada por los magistrados Lourdes Sanz Calvo (presidenta), Begoña Fernández Dozagarat y Fernando de Mateo Menéndez.

Según la sentencia, la AEPD consideró que Gesthotel Activos Balagares S.L había vulnerado el citado artículo, que rige los principios de integridad y de confidencialidad de los datos personales, al haberse leído públicamente la carta privada de la reclamante en la reunión convocada por el sindicato USIPA (Unión de Sindicatos Independentistas del Principado de Asturias). Por tanto, se comunicó a todos los asistentes la situación de acoso laboral denunciada en la carta.

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