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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia firme que condena al Servicio Canario de Salud (SCS) por su «pasividad y desidia» al no atender la denuncia por acoso laboral presentada por un cardólogo del Hospital Insular de Gran Canaria. La administración autonómica paralizó el procedimiento durante nueve meses, sin tomar medidas para proteger la integridad del trabajador, y solo reactivó el expediente cuando el médico llevó el caso a los tribunales. Como consecuencia, el SCS ha sido obligado a indemnizarlo con 9.830 euros.

El alto tribunal ha considerado probado que el SCS «desatendió frontalmente» la obligación de proteger a su empleado, quien se encontraba en una situación de vulnerabilidad por un posible caso de acoso laboral ejercido, entre otros, por su superior jerárquico y la entonces gerente del centro hospitalario. La resolución judicial subraya la «parálisis absoluta» del expediente desde septiembre de 2021 hasta junio de 2022, a pesar de que la administración tenía conocimiento de que el trabajador sufría una «depresión reactiva a la problemática laboral».

El proceso fue archivado por el SCS en julio de 2022, justo un día antes del juicio en el que se evaluaría su inactividad. La sentencia critica esta decisión, señalando que genera «serias dudas» sobre la intención real de la administración de investigar el caso. Además, destaca que el procedimiento administrativo establece un plazo máximo de tres meses para resolver expedientes de acoso laboral, un tiempo que el SCS superó con creces sin justificación válida.

El cardiólogo demandante ha denunciado que el SCS no solo incumplió los plazos, sino que tampoco adoptó ninguna medida preventiva para evitar riesgos psicosociales. En su recurso, el médico calificó la investigación como «un teatro» dirigido únicamente a generar una resolución administrativa que permitiera presentarse ante el juez con una apariencia de diligencia.

La Sala de lo Social del TSJC ha ratificado la «grave negligencia» cometida por el organismo, señalando que su falta de acción atentó contra el derecho a la integridad física del trabajador. En consecuencia, ha fijado la indemnización en 9.830 euros, la máxima sanción dentro del grado mínimo previsto por la legislación laboral.

Este fallo judicial no es el primer revés que sufre el SCS en relación con este caso. En marzo de 2023, el TSJC anuló una sanción disciplinaria impuesta al mismo poco después del archivo de su denuncia por acoso. La administración había alegado una supuesta falta grave, pero la Justicia determinó que el expediente había caducado debido a la demora del propio SCS en resolverlo.

El tribunal también ha reconocido que la conflictividad laboral en el servicio de Cardiología del Hospital Insular es un problema persistente. Desde 2019, diversos informes han alertado sobre la presencia de violencia psicológica y trato discriminatorio en esta unidad, sin que se hayan tomado medidas efectivas para erradicar esta situación. Varios especialistas han optado por trasladarse a otros centros, mientras que otros han sufrido bajas prolongadas debido al deterioro del ambiente laboral.

(Este artículo ha sido extraído del diario digital elDiario.es)

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