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El Juzgado de lo Social número 1 de Ourense ha emitido un fallo significativo en el caso del interventor del Ayuntamiento de Ourense, declarando la nulidad de su cese y reconociendo la existencia de acoso laboral perpetrado por el alcalde de la localidad.

La sentencia sostiene que la conducta del alcalde constituye acoso en el entorno laboral, invalidando todas las acciones asociadas a este comportamiento, incluyendo el cese del interventor. En consecuencia, se ha ordenado la reinstalación inmediata del interventor en su puesto de trabajo, así como el pago de una indemnización de 30.000 euros.

El juez respalda su decisión argumentando que el alcalde emprendió una campaña de desprestigio contra el interventor, motivado por su informe crítico respecto a las acciones de la Alcaldía-Presidencia. Esta campaña incluyó manifestaciones en sesiones del ayuntamiento y en redes sociales, así como la apertura de un procedimiento de cese que fue considerado ilegal.

El fallo subraya que las acciones del alcalde no pueden justificarse como ejercicio de libertad de expresión, sino que constituyen una clara violación de los deberes de respeto y protección hacia el empleado público. Además, se establece que el alcalde actuó sin tener en cuenta la normativa que protege la autonomía funcional de los funcionarios de habilitación nacional.

El juez también reconoce que el acoso sufrido por el interventor ha tenido un impacto negativo en su salud, y señala la responsabilidad del Ayuntamiento por no tomar medidas para prevenir este acoso a pesar de contar con evidencia suficiente de su existencia.

(Fuente original del extracto: Poder Judicial España).

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