El stalking no es acoso moral laboral, pero si se produce en el correo profesional, donde no se puede bloquear porque lo necesita para su trabajo, a diferencia del personal, ¿qué papel tiene la empresa, dueña del correo? Esto nos conduce al Convenio 190. Entonces ¿es un puro tema penal?
La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la condena de 12 meses de prisión por un caso de "stalking" en el que un hombre acosó a su expareja.