Importante sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 20 de abril de 2022, en la que estima una indemnización de 60.000 euros por el daño moral causado por un despido que ha sido decretado nulo. Incidiendo en que la utilización de los elementos que ofrece la cuantificación de las sanciones de la LISOS no resulta, por si mismo, suficiente para cumplir con relativa precisión la doble función de resarcir el daño y de servir de elemento disuasorio para impedir futuras vulneraciones del derecho fundamental.
Por ello, el recurso a las sanciones de la LISOS debe ir acompañado de una valoración de las circunstancias concurrentes en el caso concreto, aspectos tales como:
- La antigüedad del trabajador en la empresa.
- La persistencia temporal de la vulneración del derecho fundamental.
- La intensidad del quebrantamiento del derecho.
- Las consecuencias que se provoquen en la situación personal o social del trabajador o del sujeto titular del derecho infringido.
- La posible reincidencia en conductas vulneradoras.
- El carácter pluriofensivo de la lesión.
- El contexto en el que se haya podido producir la conducta o una actitud tendente a impedir la defensa.
- Protección del derecho transgredido.
ACCESO A LA SENTENCIA: