Recientemente el Tribunal Supremo -STS de 25-09-2020, nº 476/2020, rec 366/2019-, y la Agencia Española de Protección de Datos después – Informe del Gabinete Jurídico de la AEPD nº de ref 0003/2021- han analizado desde perspectivas distintas cuestiones conexas relacionadas con el derecho a la protección de datos personales en el ámbito sanitario y, en particular, sobre los accesos indebidos de profesionales sanitarios a la historia clínica de otro compañero igualmente sanitario.
Artículos relacionados