La jueza de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol ha dictado una sentencia revocando tres resoluciones de Defensa, reconociendo el derecho de una militar a que su baja sea declarada incapacidad temporal como consecuencia de contingencia profesional y no de enfermedad común, y condenando al citado ministerio «a estar y pasar por tal declaración». La demandante es una mujer que ingresó en la Armada en el año 1996 y se formó en la especialidad de Sonar, navegó en diversas fragatas con misiones en el extranjero y que fue distinguida con varias medallas y menciones honoríficas.
El abogado de la demandante alegó que la relegaron a destinos que no tenían que ver con su especialidad de Sonar, encomendándole tareas de limpieza y pintado de buques.