En la actualidad, a medida que la vida profesional y personal se entrelazan en entornos digitales, emergen riesgos cada vez más complejos y difíciles de gestionar. Es una realidad que el internet y las redes sociales se van consolidando como herramientas de comunicación profesional, pero también se convierten en terreno fértil para nuevas formas de acoso y discriminación. Las plataformas digitales, lejos de ser un espacio neutral, han facilitado la propagación de conductas vejatorias, humillantes y de carácter acosador, muchas veces con un componente sexual.
Un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (STSJ Madrid 376/2024) pone de manifiesto la preocupante situación que afecta actualmente a muchos trabajadores y trabajadoras. Este fallo validó el despido de una trabajadora de ADSMURAI S.L. por comentarios ofensivos en un chat corporativo hacia sus compañeros. A pesar de la diferencia de género en el agresor, los patrones de acoso digital presentan una alarmante continuidad con las violencias sexuales y de género que ocurren en el mundo físico, remarcando el impacto diferenciado que estas conductas tienen sobre las mujeres.
El cine y los medios de comunicación han ilustrado estos problemas con casos que han resonado en la sociedad, como el célebre caso de «Nevenka», que visibilizó por primera vez el acoso sexual ejercido por una figura política hacia una mujer en España. Este tipo de situaciones, ahora amplificadas en el ámbito digital, muestran cómo la violencia de género encuentra su reflejo y adaptación en nuevas tecnologías.
El uso de la inteligencia artificial (IA) genera un desafío adicional. La IA, especialmente en su faceta generativa, permite crear contenidos ficticios pero extremadamente realistas, lo que se traduce en situaciones de manipulación, falsificación y, a menudo, en casos de suplantación y acoso. Tal es el caso de una árbitra turca suspendida recientemente, quien argumenta que fue víctima de una suplantación mediante IA en un vídeo sexual difundido sin su consentimiento. Este incidente no solo resalta la vulnerabilidad a la que están expuestas las personas en profesiones donde las mujeres son minoría, sino también el uso creciente de tecnología avanzada para ejercer una violencia de género menos rastreable y aún más perjudicial.
El suicidio reciente de una reconocida cantante surcoreana, tras haber sufrido acoso en redes sociales y la manipulación de imágenes íntimas, resalta la urgente necesidad de establecer mecanismos eficaces de apoyo y protección para prevenir tragedias similares en cualquier entorno laboral.
Casos como el de la árbitra turca y la cantante surcoreana exponen claramente la necesidad de un enfoque preventivo sólido que aborde las particularidades del acoso digital y de género. Convenios como el 190 de la OIT y la legislación española sobre libertad sexual de 2022 constituyen marcos legales vitales, pero insuficientes si no se implementan con protocolos adecuados en cada sector.
(Fuente original del extracto: Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales. LARPSICO.)