Los despidos nulos pueden derivarse de diversas situaciones discriminatorias que vulneran derechos fundamentales. Un ejemplo claro de esto es el caso en el que un empleado es cesado debido a su parentesco con otro trabajador. En este contexto, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha declarado nulo, y no improcedente, el despido de un empleado de la empresa Euromaclean 2001, obligando a la compañía a readmitirle e indemnizarle con 7.501 euros por haber vulnerado sus derechos fundamentales.
El trabajador, empleado desde 2019 como limpiador de trenes del AVE en la estación de Sants, fue despedido a principios de 2022 por motivos disciplinarios. La empresa alegó una disminución en su rendimiento, afirmando que sus compañeros habían tenido que ayudarle con sus tareas. Sin embargo, su despido ocurrió tras una pequeña discusión que su pareja, también empleada de la empresa, tuvo con un superior. Este incidente llevó al TSJCat a considerar el despido como una represalia.
Inicialmente, el Juzgado de lo Social Nº24 de Barcelona dictaminó que el despido era improcedente, ordenando la readmisión del trabajador y el pago de una indemnización de 4.317 euros. Sin embargo, el empleado apeló esta decisión, argumentando que su despido debía considerarse nulo debido a la discriminación por parentesco. El TSJCat, en su sentencia 660/2024 de 8 de febrero, revocó la decisión del juzgado de primera instancia, reconociendo la vulneración de derechos fundamentales y ordenando una indemnización mayor de 7.501 euros.
(Fuente original del extracto: periódico el Confilegal.