En la categoría Acoso laboral, Noticias

Autor/a: Carlos Hugo Preciado Domènech. Magistrado Especialista Orden Social TSJ Catalunya. Doctor en derecho.

STEDH 07/05/2024. Caso A.K. c. Rusia

En una reciente sentencia emitida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) el 7 de mayo, se ha abordado un caso que plantea cuestiones de gran importancia en torno a la discriminación por orientación sexual y la proporcionalidad de las medidas disciplinarias en el ámbito laboral. El caso, identificado como A.K. c. Rusia, se centra en el despido de una maestra de música debido a la publicación de fotografías en su perfil privado de redes sociales, en las cuales se mostraba afecto con parejas del mismo sexo.

El despido de la trabajadora se fundamentó en el artículo 81.8 del Código Laboral de la Federación Rusa, el cual considera como causa de despido la comisión de actos inmorales incompatibles con las funciones educativas. Sin embargo, el TEDH procedió a evaluar la proporcionalidad de esta medida en relación con el derecho a la vida privada (artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos) y la prohibición de discriminación (artículo 14). Concluyó que el despido representó una intromisión desproporcionada en el derecho a la vida privada de la maestra, al haberse optado por la sanción más severa sin considerar medidas disciplinarias alternativas menos intrusivas.

Esta sentencia, de gran relevancia jurídica, resalta la importancia de proteger los derechos fundamentales de los trabajadores, así como de garantizar la igualdad y la no discriminación en el entorno laboral. 

 

(Fuente original del extracto: Autor Carlos Hugo Preciado Domènech en el caso A.K. c. Rusia).

Artículos relacionados

Deja tu comentario

la-falta-de-prevencion-de-riesgos-psicosociales-en-atencion-primaria-podria-tener-un-alto-costo-para-la-comunidad-de-madrid.El Gobierno abole el despido automático por incapacidad permanente